Reubicación de Mesiteros

 

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NOTA Nº   13/04.

Formosa,  1º de Marzo de 2004.

  

Señor Intendente Municipal

de la Ciudad de Formosa

Ingeniero Fernando De Vido

Su Despacho

 

                                               En nombre y representación del Consejo Profesional de la Abogacía, me dirijo a Ud. en relación a la información periodística vinculada a la reubicación de los mesiteros asentados en el microcentro de nuestra ciudad, según la cual, se adoptaría  -por la Municipalidad de Formosa- el criterio de asignarles para el desenvolvimiento de sus actividades las veredas de la calle San Martín a partir de Saavedra hacia el Norte (ver página central de LA MAÑANA del día Sábado 28.02.04). 

                                               Sobre el particular, exponemos al Sr. Intendente, nuestro criterio adverso a la medida.

                                               La sede de nuestra entidad se ubica en la calle San Martín Nº 569. Cerca de la esquina que forma con la calle Saavedra y también de varios edificios donde funcionan dependencias del Poder Judicial y de otras oficinas públicas (inclusive municipales).

                                               Ello origina un tránsito intenso y conocido de personas y vehículos. Pese a la movilidad y desplazamientos frecuentes, resulta difícil conseguir lugar para estacionar automotores en lugares próximos a donde deben concurrir abogados y justiciables.

                                               En el curso de la mañana, el flujo de profesionales que concurren al CONSEJO a consultar la lista de despacho u otros trámites, es constante lo mismo que su desplazamiento y el de personas que deben concurrir a los estrados judiciales, lo cual torna en absolutamente inapropiado establecer en la zona una suerte de feria abierta, que reduciría aún mas los lugares disponibles para estacionamiento, obligando a trasladarse a lugares distantes con lo que se resentiría la celeridad y comodiad en los trámites.

                                               Esto sin perjuicio de otros inconvenientes, que serán comunes a todo el vecindario de la zona, que por imaginables y en homenaje a la brevedad nos abstenemos de enumerar, pero que nos llevan a la convicción de que la medida propuesta no es la mas apropiada, como que so-pretexto de solucionar los cuestionamientos que genera la actividad irregular de los mesiteros, se transfieren las consecuencias negativas de su “modus operandi” a otro sector de la ciudad al que afectará en su calidad de vida  -no obstante los baños químicos y contenedores de basura- y en sus derechos a la salud y a la propiedad en abierta transgresión al principio de igualdad.

                                               No nos oponemos a la búsqueda de una solución que regularice la situación de asentamientos ilegales en el microcentro, pero ello no autoriza a hacerlo a expensas del derecho ajeno. Y aún cuando no nos corresponde indicar los medios para una adecuada respuesta, nos preguntamos si no habría sido mejor la reubicación en algún predio del que la Municipalidad pueda disponer. 

                                               La presente se inspira en la intención de colaborar. No en la de obstruír. Y es la razón por la cual debemos alertar sobre la proliferación de acciones de amparo, con fundamento en los arts. 16º; 17º; 41º; 42º y 43º de la Constitución Nacional y 9º y  concordantes de la Constitución Provincial, si la medida adoptada, según lo informado por la prensa, no es revisada o dejada en suspenso hasta ser sometida a un nuevo estudio, debate y posterior resolución. 

                                               En la seguridad de que sabrá interpretar los términos de la presente y la razón que le asiste, al instar la revisión de la medida, aprovechamos la oportunidad para saludar al Sr. Intendente con atenta y distinguida consideración.-

 

Sergio Alfredo Martínez

Presidente

Consejo Profesional de la Abogacía

 
     
 
 

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